Día de los Derechos Humanos

Próximo Día de los Derechos Humanos Jueves, Diciembre 10, 2020

El Día Internacional de los Derechos Humanos, también conocido como Día Mundial de los Derechos Humanos, se conmemora el 10 de diciembre de cada año.

La celebración nace como homenaje a la Declaración Universal de los Derechos Humanos que significó la obtención de garantías que avalan internacionalmente el derecho al desarrollo, la justicia, igualdad y libertad de creencias, para todos los hombres y mujeres del mundo.

¿Qué son los Derechos Humanos?

El documento, es la proclamación oficial de derechos inalienables e inherentes a todas las personas, sin distingo de raza, credo, color, sexo, idioma, entre otras características individuales de cada ser humano.

Los Derechos Humanos, son además, un ejemplo de ideal de vida para todos los pueblos, en el que los ciudadanos de las distintas naciones puedan tener la capacidad de alcanzar la plenitud de vida en las mejores condiciones posibles.

Historia del Día de los Derechos Humanos

El Día de los Derechos Humanos nace oficialmente en París el año 1948. La Asamblea General de las Naciones Unidas, en su Resolución 217 A(III), invitó a todos los estados miembros a observar el 10 de diciembre de cada año como el día en el que debe celebrarse la declaración de este documento histórico.

El primer texto, aprobado en el año 1948, estuvo inspirado en la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, creado en Francia en el año 1789 durante la Revolución Francesa.

Luego de terminada la Segunda Guerra Mundial las consecuencias fueron devastadoras en todos los ámbitos. La comunidad internacional reunida en consenso quiso idear una carta que afirmara y protegiera los valores que defendían la vida contra el avance del fascismo y el nazismo.

Eleanor Roosevelt, presidió el comité que se encargaría de armar toda la redacción de dicha carta, la cual fue escrita en un primer borrador por el abogado y jurista canadiense John Peters Humphrey y revisada finalmente por el también jurista y juez francés René Cassin, (galardonado con el Premio Nobel de la Paz en 1968).

La Declaración fue aprobada con una totalidad de 56 votos a favor de parte de los estados miembros de las Naciones Unidas.

De esta forma, los Derechos Humanos pasaban oficialmente a significar “un estándar común a ser alcanzado por todos los pueblos y naciones”.

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

Toda persona tiene todos los derechos y libertad proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además no se hará distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente , como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

https://www.calendarr.com/ecuador/dia-de-los-derechos-humanos/